A partir del 5 de septiembre, una nueva normativa impactará directamente en el sistema judicial argentino. La Ley 27.801, que establece un régimen procesal penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, comenzó a generar un profundo debate y opiniones divididas en todo el país, incluso con un fallo en la provincia de Buenos Aires que dejó su aplicación en suspenso. Esta reforma no solo modifica la edad de imputabilidad, sino que introduce un sistema penal juvenil con nuevas penas, mecanismos de seguimiento y modalidades de control que antes no estaban contemplados de esta forma.

El cambio fundamental es que, desde ahora, un adolescente de 14 años puede ser considerado penalmente responsable. Hasta el momento, los menores de 16 años no podían recibir una condena penal. Sin embargo, es crucial entender que no se trata de aplicarles el mismo sistema que a los adultos. La nueva ley crea un régimen especial, con dinámicas y sanciones distintas, y con la obligación de priorizar medidas educativas, de seguimiento y de reinserción social. Este enfoque es fundamental para comprender el espíritu de la reforma, que busca un equilibrio entre la responsabilidad y la protección de los derechos de la niñez.

Que un adolescente pueda ser responsabilizado penalmente no significa que deba ser tratado como un adulto. Se habla de personas en proceso de formación que requieren una respuesta diferenciada del Estado, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño. Esta convención exige que cualquier intervención penal respete la edad, el desarrollo y la condición particular de los menores. La privación de la libertad, por ejemplo, debería ser la última medida posible, reservada para casos de extrema necesidad, y las sanciones deben ser menos gravosas que las aplicadas a adultos. Asimismo, el ingreso a un régimen penal juvenil no implica la pérdida de garantías: los adolescentes en proceso tienen derecho a defensa, debido proceso, presunción de inocencia y una decisión judicial fundada, pero dentro de un sistema pensado específicamente para ellos.

Este cambio era necesario dado que el régimen anterior, de 1980, ya no respondía a la realidad actual. No obstante, sería un error creer que bajar la edad de imputabilidad por sí solo resolverá el problema de la delincuencia juvenil. La responsabilidad debe ir acompañada de un Estado capaz de intervenir de manera efectiva sobre estos adolescentes. Si solo se modifica la ley sin construir un verdadero sistema juvenil con recursos adecuados, el riesgo es generar más expedientes y más encierro sin conseguir mejores resultados en la reinserción y prevención de la reincidencia. El desafío radica en evitar los extremos: ni la impunidad total ni la asimilación al sistema penal de adultos.

Fuente original: Infobae