Adela González, la abogada que representa a Paula, la mujer que denunció al músico Joaquín Levinton por abuso sexual con acceso carnal, violencia física y psicológica, habló públicamente por primera vez. En una comunicación telefónica con el programa Intrusos, González buscó aclarar varios puntos que, según su criterio, estaban siendo distorsionados en los medios de comunicación.
La letrada explicó que tomó contacto con su clienta el 29 de septiembre, un día después de que Paula realizara la denuncia inicial en una comisaría de Barrio Norte. González enfatizó que no conocía previamente a su clienta y que, antes de aceptar el caso, evaluó detenidamente los hechos y las pruebas disponibles, asegurando que solo se involucra en casos de los que está segura de poder llevar adelante.
Uno de los puntos centrales de su intervención fue la distinción entre el archivo de una causa y el sobreseimiento de un acusado. González aclaró que la causa anterior, radicada en el Juzgado N°6, fue archivada porque Paula no se presentó a ratificar la denuncia ni a las pericias. «Una cosa es el archivo de una causa porque la víctima no se presentó, y otra cosa es el sobreseimiento, donde se prueba que la persona no realizó ningún hecho», afirmó. La abogada contextualizó esta situación dentro de un patrón frecuente en casos de violencia de género, donde las víctimas, por miedo ante el abuso y la violencia ejercida, especialmente por personas conocidas, deciden no seguir adelante.
Respecto a las declaraciones públicas de Levinton y su banda, quienes alegaron que Paula lo habría hostigado con mensajes y visitas, González fue contundente: «Acá se denuncia un hecho concreto y yo hasta ahora no vi una prueba que demuestre lo contrario». Además, aseguró que judicialmente no hay ninguna prueba presentada por parte del músico. La abogada anticipó que solicitará todas las pericias correspondientes y la citación a declarar de Levinton, mientras que el músico y su banda han rechazado categóricamente las acusaciones, negando la relación y afirmando tener pruebas de acoso por parte de la denunciante, las cuales presentarían en el expediente judicial.
Fuente original: Infobae




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