Un tribunal federal de Estados Unidos anuló el sábado 22 de agosto la suspensión de visados de inmigrante que afectaba a colombianos y ciudadanos de otros 74 países, una decisión que restablece la evaluación individual de cada solicitud y deja sin efecto una de las restricciones migratorias más amplias aplicadas en los últimos años.
El fallo, emitido por la jueza Jeannette Vargas del Distrito Sur de Nueva York, alcanza a miles de solicitantes cuyas peticiones habían sido rechazadas desde enero únicamente por la política impuesta por el gobierno de Donald Trump .
Según The New York Times , la medida obligaba a negar visados a personas de 75 países, entre ellos Colombia, Brasil, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Uruguay , además de naciones de África, Asia y Medio Oriente.
La jueza sostuvo que la política era “manifiestamente ilegal” y remarcó que el Departamento de Estado no puede rechazar visados de inmigrante sin una revisión caso por caso, como exige la ley.
El dictamen indicó que funcionarios estadounidenses denegaron solicitudes incluso a personas que cumplían los requisitos y que probablemente podían mantenerse por sí mismas en Estados Unidos.
La restricción había sido defendida por el secretario de Estado Marco Rubio con el argumento de que los solicitantes representaban un riesgo elevado de convertirse en una carga económica para Estados Unidos. La resolución judicial desarma ese criterio general y devuelve el proceso al esquema de análisis individual para cada expediente.
“Un alto riesgo de depender de la asistencia social o de convertirse en una carga para las finanzas públicas” , había expresado Rubio.
Entre los demandantes figuraban cinco profesionales colombianos que habían recibido negativas bajo la nueva política , de acuerdo con el diario. La decisión también impacta a familiares de ciudadanos estadounidenses que viven en países como Ghana, Jamaica, Guatemala y Etiopía, cuyas solicitudes quedaron paralizadas por la suspensión.
La abogada principal del National Immigration Law Center , Joanna Cuevas Ingram, afirmó en un comunicado citado por The New York Times : “Esta decisión representa una victoria significativa para los cientos de miles de familias en todo el país y el mundo cuyas vidas se vieron sumidas en el caos debido a la prohibición de visas, ilegal y discriminatoria, impuesta por esta Administración” .
Por su parte, Skye Perryman, presidenta y directora ejecutiva de Democracy Forward , dijo que el fallo constituye “un contundente rechazo a una política ilegal y discriminatoria que causó un daño enorme a familias y comunidades de todo el país” . Perryman agregó que la administración Trump-Vance no puede utilizar la ley migratoria para vetar a países enteros y separar familias sin rendir cuentas.
La jueza Vargas cuestionó una lista del Departamento de Estado que abarca 75 países y que se elaboró con datos del Consejo de Asesores Económicos, enfocada en naciones en las que más del 30% de los hogares inmigrantes recibían algún tipo de asistencia pública.
La magistrada dio a las partes hasta el 11 de septiembre para proponer cómo resolver lo que resta del caso y dejó abierta la posibilidad de que la administración apele el fallo.
La mayoría de los países mencionados no son europeos: incluyen naciones del Caribe, África subsahariana, los Balcanes, Medio Oriente, Asia Central y el Sudeste Asiático. En el listado aparecen socios de Estados Unidos como Jordania, Egipto y Georgia.
Para defender su postura, el equipo legal de la administración se apoyó en una decisión de la Corte Suprema de 2018 que avaló la tercera versión de la prohibición de viaje impuesta por Trump durante su primer mandato , que impedía el ingreso de ciudadanos de varios países, la mayoría de mayoría musulmana.
Vargas señaló que aquel caso trató sobre el poder del presidente para decidir quién podía entrar al país, mientras que el litigio actual se centra en si se puede emitir una visa.
La resolución obliga ahora a revisar miles de solicitudes rechazadas únicamente por la suspensión que quedó anulada. Ese efecto inmediato alcanza tanto a quienes buscaban emigrar desde Colombia como a los solicitantes de los demás países incluidos en la política .
Hasta el momento, el Departamento de Estado y la Casa Blanca no han emitido comentarios públicos sobre la decisión. El fallo, según la publicación, elimina una de las restricciones migratorias más extensas de los últimos años y restablece para esos casos el procedimiento legal de evaluación individual.
Fuente original: Infobae
Fuente original: Infobae




Deja una respuesta