La Unidad de Información Financiera (UIF) ha establecido un nuevo marco regulatorio que impacta directamente en todos los Registros de la Propiedad Inmueble del país. El objetivo principal de esta medida es intensificar la prevención del lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, un paso clave para fortalecer la transparencia en el sector inmobiliario argentino.
Esta disposición, formalizada a través de la resolución 93/2026 y firmada por el actual titular del organismo, Matías Gabriel Álvarez, entrará en vigencia 90 días después de su publicación. La normativa implica la sustitución de la resolución N° 41/2011 y la derogación de un artículo de la resolución 70/2011, ambas vigentes desde 2011. Con estos cambios, los registros de todo el territorio nacional deberán implementar un sistema de prevención basado en el riesgo, lo que significa que cada entidad deberá identificar, evaluar y mitigar los riesgos según sus propias características operativas.
Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la actualización del régimen de reportes mensuales. Anteriormente, los registros debían informar a la UIF sobre inscripciones de compraventa de inmuebles que superaran los 750 salarios mínimos y usufructos vitalicios por encima de los 200 salarios mínimos. Con la nueva norma, se elimina la obligación de reportar el usufructo vitalicio, pero se suman dos categorías cruciales: las inscripciones de donaciones y los actos sobre inmuebles que hayan sido otorgados en el extranjero. Estos reportes deberán presentarse digitalmente antes del día 15 de cada mes, buscando un monitoreo más exhaustivo de operaciones internacionales que puedan repercutir en el sistema registral argentino.
La resolución también simplifica algunos procesos al eliminar la exigencia de presentar una declaración jurada de cumplimiento, dado que la información puede ser verificada directamente por la UIF a través de fuentes y registros oficiales. Además, cada Registro de la Propiedad Inmueble deberá designar un Oficial de Cumplimiento, con un titular y un suplente, quienes serán responsables de proponer políticas internas, elaborar manuales de prevención, analizar operaciones inusuales y reportar las sospechosas. Se establecen plazos estrictos para estos reportes: 24 horas para casos vinculados a financiamiento del terrorismo o proliferación de armas, y hasta 90 días corridos para lavado de activos desde la realización de la operación.
Para garantizar la efectividad de los controles, los registros deberán incorporar herramientas tecnológicas avanzadas para monitorear sus operaciones. La UIF ha enumerado “señales de alerta” específicas, como variaciones de precio superiores al 30% en un año para inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble, la concentración de múltiples operaciones en una misma persona o inconsistencias en los datos de identificación de los intervinientes. Asimismo, será obligatorio contar con un Manual de Prevención de delitos y un Código de Conducta que contemple sanciones internas ante cualquier incumplimiento. Los registros deberán conservar toda la documentación de las operaciones por un plazo de 10 años, y tendrán 240 días corridos desde la publicación para adecuar sus manuales, aprobar los códigos de conducta y ajustar sus sistemas tecnológicos, con la nueva modalidad de reportes rigiendo a partir de noviembre de 2026.
Fuente original: Infobae

