Internacional

Juzgado reconoce derechos patrimoniales en caso de pareja

28/04/2026 2 min de lectura Por Redacción
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El Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Rosario dictó una sentencia histórica al obligar a un hombre a resarcir a su exconcubina por aportes económicos en la adquisición de una propiedad, valorada en 160 millones de pesos. El fallo, con perspectiva de género, marcó un precedente en la aplicación de medidas para equiparar asimetrías estructurales en relaciones de pareja.

La demanda surgió tras la disolución de una unión convivencial de varios años. La exconcubina aportó ingresos laborales para la compra del inmueble, que fue inscripto a nombre del hombre. El régimen patrimonial de separación de bienes, según el Código Civil, no impedía reconocer esos aportes, según explicó el abogado Ramón Gutiérrez.

El juez Nicolás Villanueva destacó la necesidad de considerar las asimetrías estructurales en las relaciones de género. La sentencia citó jurisprudencia internacional, incluyendo la Convención CEDAW, para justificar que el Estado debe promover la igualdad y erradicar estereotipos culturales.

El abogado resaltó que el fallo no solo reconoció derechos, sino que también aplicó una mirada justa y fundada. Subrayó que el juez valoró pruebas concretas de aportes económicos, permitiendo que la exconcubina perciba el 50% del valor de la propiedad.

Este caso representa un avance en la aplicación de la perspectiva de género en asuntos civiles. La sentencia invita a reflexionar sobre cómo las normas legales pueden ser herramientas para corregir desigualdades históricas y construir un marco más equitativo en las relaciones personales y patrimoniales.