En un fallo que reaviva el debate sobre los derechos de los abuelos y el «interés superior del menor», la Audiencia Provincial de Oviedo, España, resolvió permitir que una pareja de abuelos retome el contacto con sus nietos. Esta decisión llega tras años de disputas familiares, que incluyeron acusaciones de maltrato emocional, y revoca una sentencia previa que impedía la relación entre los abuelos y los niños.
Según lo establecido por el tribunal, los abuelos podrán visitar a su nieta un sábado al mes durante dos horas, bajo la supervisión de un equipo técnico en el Punto de Encuentro Familiar de Oviedo. Además, se les concedió el derecho a mantener una videollamada semanal de quince minutos. El equipo técnico deberá presentar informes trimestrales al juzgado sobre la evolución del vínculo. Si la relación se considera positiva después de un año, las visitas podrían ampliarse, siempre priorizando el bienestar de los menores, a pesar de la reconocida «relación complicada» entre la madre y sus progenitores.
El origen del conflicto radica en denuncias de la madre contra sus propios padres. La mujer presentó un informe psicológico que detallaba episodios de «gritos, discusiones y golpes» durante su infancia, describiendo un entorno familiar «poco seguro, física y emocionalmente». Este informe señalaba «síntomas intensos» compatibles con negligencia y maltrato, incluyendo insultos y desvalorización. Un segundo informe también advertía sobre una «relación problemática» con los abuelos debido a una crianza negligente y un «importante riesgo» en autorizar el contacto.
Sin embargo, la Audiencia consideró que estos informes partían de la experiencia de la madre y solicitó una evaluación independiente de los abuelos. La pericia encargada por la defensa de los abuelos fue determinante, indicando que «no existen trastornos en la esfera de la personalidad ni psicopatológicos» en ellos y que, por el contrario, «pueden aportar beneficios al desarrollo emocional y social de los nietos». La psicóloga recomendó un contacto gradual y supervisado, asegurando que «no existe el menor riesgo para los niños» bajo estas condiciones. El tribunal desestimó pruebas de acoso por parte de los abuelos, enfatizando que una mala relación previa entre adultos no justifica negar el contacto con los nietos, salvo que haya una incapacidad demostrada para ejercer ese rol.
En cuanto al segundo nieto, nacido durante el proceso, el régimen de visitas quedará a cargo del equipo psicosocial, que elaborará un informe técnico para determinar el esquema más adecuado a su edad. La resolución enfatiza que todas las medidas deben priorizar el «interés superior del menor», buscando evitar que los conflictos entre adultos perjudiquen a los niños. Se sugirió la mediación familiar, aunque no se impuso como requisito. La sentencia no impone costas y permite recurso ante el Tribunal Supremo.
Fuente original: Infobae

