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Hacienda podrá embargar los saldos en cuenta procedentes de ingresos que excedan el SMI

21/05/2026 1 min de lectura Por Redacción
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Madrid, 21 may (EFE).- El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha establecido que Hacienda podrá practicar embargos sobre los saldos en cuenta de sus deudores si estos proceden de ingresos que superan el salario mínimo interprofesional (SMI), que es la cantidad que se considera inembargable.
En una resolución adelantada este jueves por el diario ‘El País’ y a la que ha tenido acceso EFE, el TEAC fija el criterio de embargo para los deudores que hayan recibido en su cuenta cantidades superiores al SMI, ya sea por que su sueldo, salario o pensión es mayor a esta cantidad, o porque reciben otros ingresos, como ayudas familiares.
De acuerdo al TEAC, si del análisis de la cuenta queda acreditado que el saldo existente en el momento del embargo procede de cantidades embargables, «la totalidad de dicho saldo será embargable».
Pero si ese análisis no permite saber de dónde procede ese saldo, se considerará que el deudor gastó en primer lugar la parte del salario o pensión considera

Fuente original: Infobae