Un caso reciente en Villa Alem, Tucumán, donde una mujer de 79 años no fue detenida tras la muerte de su esposo, puso en evidencia el profundo cambio en la jurisprudencia argentina. La decisión del fiscal Carlos Sale de no ordenar el arresto de Blanca Susana Argatt se basó tanto en su avanzada edad como en la presunción de que la mujer había sido víctima de violencia de género durante años, aplicando una perspectiva que busca comprender las circunstancias detrás de estos hechos.
Este enfoque judicial, que prioriza la perspectiva de género, no busca negar los hechos sino indagar en las causas profundas que llevaron a una mujer a actuar de determinada manera. La Justicia argentina ha evolucionado significativamente en las últimas dos décadas, pasando de acusaciones automáticas de homicidio agravado a considerar la legítima defensa y el contexto de violencia sistemática que muchas víctimas padecen. Este cambio es fundamental para entender por qué, en ciertos casos, una mujer que mata a su agresor puede ser absuelta o no enfrentar cargos.
Entre los precedentes más significativos se encuentra el caso de Liliana Gómez en 2003, quien fue absuelta tras matar a su esposo, un policía que la agredía brutalmente. Su defensor logró demostrar que actuó en legítima defensa, un fallo pionero en tiempos donde la perspectiva de género era casi inexistente en los tribunales. Similar fue el caso de Teresa Malvina Seco en 2010, cuya condena inicial fue anulada por la Corte Suprema provincial en 2014, que sostuvo que actuó para protegerse a sí misma y a su hijo de un ataque.
Más recientemente, en 2020, Jessica Vanessa Osores también fue absuelta por un tribunal que aplicó la perspectiva de género, reconociendo su estado de vulnerabilidad. Sin embargo, no todos los casos tienen el mismo desenlace, como lo demuestran el caso de Jimena Fernández, condenada a prisión perpetua en 2024, o la compleja situación de Agustina Florencia Gómez, quien fue absuelta en primera instancia pero luego condenada en revisión. Estos ejemplos subrayan que, si bien la perspectiva de género es una herramienta crucial, cada caso es analizado con sus particularidades, y la invocación de ser víctima de violencia no exime automáticamente de responsabilidad penal, sino que exige una profunda valoración de las pruebas y el contexto.
Fuente original: La Gaceta



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