El Gobierno nacional ha implementado importantes modificaciones en la Ley de Ministerios N° 22.520, con el objetivo de redefinir y actualizar las competencias de la administración pública en áreas cruciales como la salud y la alimentación. Entre los cambios más destacados, se incluyó de forma explícita el diseño y la ejecución de políticas destinadas a prevenir y tratar casos de ludopatía y el consumo problemático de sustancias.

A través del Decreto N° 771/2026, publicado en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei sustituyó el inciso 20 del artículo 23 del Título V. Esta modificación busca incorporar de manera formal el desarrollo de estrategias públicas orientadas a la prevención y el tratamiento del uso de sustancias psicoactivas, así como un abordaje integral del avance de la ludopatía, particularmente aquella vinculada a los juegos de azar y apuestas, incluyendo concientización, capacitación e investigación.

La decisión de enfocar la atención del Estado en estas problemáticas surge a raíz de un preocupante incremento de casos de ludopatía detectados en estudiantes de nivel secundario durante el año 2025. Un informe elaborado por el Observatorio Argentino de Drogas, dependiente del Ministerio de Salud, reveló que más de una cuarta parte de los adolescentes encuestados admitió haber participado en apuestas con dinero en el último año, con una marcada preferencia por las plataformas digitales.

Ante este panorama, las autoridades consideraron imperativo fortalecer las herramientas institucionales para el desarrollo de políticas preventivas, campañas de concientización, generación de evidencia, capacitación de equipos de salud y la creación de dispositivos asistenciales especializados. La ludopatía es reconocida por la comunidad científica como un trastorno que implica la pérdida de control sobre el juego, afectando progresivamente la salud mental, la economía personal y familiar, las relaciones sociales y el desempeño educativo y laboral.

Además de la ludopatía y el consumo de sustancias, el decreto también amplía las competencias del Ministerio de Salud en la fiscalización y control sanitario. Esto abarca desde la producción alimentaria —incluyendo productos agropecuarios, forestales y pesqueros, bebidas y alimentos dietéticos— hasta el área farmacéutica, con controles rigurosos sobre productos medicinales, biológicos y materiales médicos, así como la determinación de sustancias prohibidas en productos de higiene y cosmética.

Fuente original: Infobae