• 10/12/2024 02:34

Impuesto a las Ganancias: Ya es Ley la derogación de la 4° categoría

Con 38 votos positivos y 27 negativos, el Senado de la Nación  convirtió en ley el proyecto que modifica el alcance del Impuesto a las Ganancias

 

 

Tras una extensa sesión, este jueves en el Senado convirtió en Ley la derogación de la 4° Categoría del Impuesto a las Ganancias, proyecto impulsado por el Ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa.

La iniciativa venía de recibir media sanción en la Cámara de Diputados hace dos martes y el jueves pasado obtuvo dictamen de mayoría en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta.

El proyecto tratado en la Sesión Especial de hoy, fue aprobado y convertido en Ley  con 38 votos positivos y 27 negativos.

 

 

La votación

 

Qué dice el Proyecto que hoy es Ley:

La iniciativa enviada por el Ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.

Los puntos principales del proyecto contemplan además, la creación de un nuevo «impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros».

De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.

En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.

El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.

Por último, la iniciativa estipula que en el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.